Urge PANAL a homologación internacional en materia de ciberdelitos

Pide el PANAL desde el Congreso de Chihuahua que ejecutivo federal se suscriba al convenio 158 del Congreso Europeo y que el legislativo federal expida una ley de combate contra la ciber-delincuencia.


Urge PANAL a homologación internacional en materia de ciberdelitos

La Crónica de Chihuahua
Enero de 2014, 14:45 pm

Chihuahua, Chih.- La Fracción del Partido Nueva Alianza en el Congreso de Chihuahua, lanzaron un exhorto para que el ejecutivo federal se suscriba al convenio 158 del Congreso Europeo y que el legislativo federal expida una ley de combate contra la ciber-delincuencia.

El diputado Gustavo Martínez quien presento el exhorto, basándose en que la delincuencia organizada utiliza como herramienta y forma de financiamiento los delitos cibernéticos, además de que los mismos promueven otros delitos como el abuso de menores, con la propagación de pornografía infantil por internet, también el legislador chihuahuense mencionó el plagio de tarjetas bancarias y otros delitos bancarios que se realizan desde el ciberespacio.

La homologación de criterios a nivel internacional, es imperativa para el diputado del PANAL, ya que asegura el ciberespacio traspasa todas las fronteras alrededor del mundo y un ciber-delito que afecte a algún mexicano puede estar siendo producido desde otro país u otro continente.

Se han producido 380 mil millones de dólares en el último año a través de ciber-delitos, destacó el diputado, quien también dijo que ahora esta clase de delincuencia es más grande que el mercado negro.

El Convenio en cuestión y su Informe explicativo fueron aprobados por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en su 109ª reunión (8 de noviembre de 2001) y el Convenio fue abierto a la firma en Budapest, el 23 de noviembre de 2001, con motivo de la celebración de la Conferencia Internacional sobre la ciberdelincuencia.

El Convenio tiene como finalidad primordial: 1) armonizar los elementos de los delitos conforme al derecho sustantivo penal de cada país y las disposiciones conexas en materia de delitos informáticos; 2) establecer conforme al derecho procesal penal de cada país los poderes necesarios para la investigación y el procesamiento de dichos delitos, así como también de otros delitos cometidos mediante el uso de un sistema informático o las pruebas conexas que se encuentren en formato electrónico, 3) establecer un régimen rápido y eficaz de cooperación internacional.