Servidores públicos burlan con títulos falsos al gobierno

**En diversas dependencias, la SCJN y hasta Pemex hay quienes han presentado documentos apócrifos para trabajar ahí.


Servidores públicos burlan con títulos falsos al gobierno

La Crónica de Chihuahua
Enero de 2014, 23:54 pm

México, D.F.- Con títulos y cédulas profesionales falsas, servidores públicos han encontrado empleo en la Administración Pública Federal.

En el Poder Judicial, organismos autónomos (como el IFE), Pemex, la Secretaría de Salud (Ssa), el Instituto Mexicano del Seguro Social, o la Secretaría del Trabajo, los órganos internos de control de la Secretaría de la Función Pública han detectado títulos profesionales falsos que presentaron aspirantes para ingresar a esas dependencias.

En 2011 la Secretaría de la Función Pública presentó ante la PGR 21 denuncias penales por el delito de usurpación de profesión contra 36 servidores públicos que entregaron títulos y cédulas profesionales falsas.

El Universal publicó el lunes que es posible conseguir un título, una cédula profesional, un certificado de estudios y hasta credencial de elector, todos falsos, en las inmediaciones de la Plaza de Santo Domingo, a unas cuadras del Zócalo capitalino.

Este martes, este diario dio cuenta de que títulos universitarios en las carreras de Enfermería, Medicina y Derecho son los más demandados para falsificar a nivel superior, de acuerdo con la Secretaría de Educación Pública. Como parte del fenómeno, de 2002 a 2012 la SEP detectó tres mil 147 cédulas apócrifas.

Hasta en la Corte

El Universal logró documentar casos en que personas usan títulos falsos para encontrar un empleo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) detectó que un servidor público presentó un título de abogado ante la entonces Dirección General de Recursos Humanos del alto tribunal.

Lo anterior, de acuerdo con el procedimiento de responsabilidad administrativa 38/2003, a través de una auditoría de la Contraloría de la Suprema Corte.

El funcionario ocupaba el cargo de secretario de Estudio y Cuenta adscrito a la Segunda Sala Administrativa y de Trabajo, pero tras una consulta a la Dirección General de Profesiones de la Subsecretaría de Educación Superior e Investigación Científica, se conoció que esa persona no estaba facultada para ejercer como abogado.

La Contraloría de la Corte consultó a la UNAM la autenticidad del título, expedido el 29 de noviembre de 1982, donde supo que el servidor público ingresó a la carrera de Derecho en 1978, “cubriendo únicamente el 39.47% de los créditos, sin que existiera antecedente de la presentación del examen profesional y menos aún de la expedición del título”.

La Contraloría encontró a esta persona como probable responsable de violar la Ley de Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que establece requisitos para ocupar el cargo, entre ellos, ser licenciado en Derecho, con título y cédula profesional.

Denuncia masiva

En Petróleo Mexicanos (Pemex) una denuncia ciudadana dio inicio a la investigación en contra de unos 50 exservidores que fueron detectados laborando con documentos falsos, en su región Norte. Tenían niveles de gerentes y directores, así como empleados administrativos de menor rango.

Por esa situación la mayoría del personal detectado, además de dar aviso a la Secretaría de la Función Pública, optó por la rescisión del contrato; otros solicitaron su jubilación y hubo quienes renunciaron, aun cuando los procesos administrativos en su contra seguían en curso.

Fue el caso de Tomas Raúl Mercado Cruz, nivel 37, quien cobraba y laboraba como profesionista en la Subgerencia de Recursos Humanos Región Norte, sin contar con título y cédula profesional validado por las autoridades educativas. La SEP confirmó que no tenía registrado título profesional.

SANCIONES

El Código Penal Federal en su artículo 250 sanciona la usurpación de funciones públicas o de profesión: n Se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de 100 a 300 días:

A) Al que sin ser funcionario se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal.
B) Al que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada.
C) Se atribuya el carácter del profesionista.
D) Realice actos propios de una actividad profesional, con excepción de la ley.
E) Ofrezca públicamente sus servicios como profesionista.
F) Use un título o autorización para ejercer actividad profesional sin tener derecho a ello.

Fuente: Código Penal Federal