Sanción a cuatro hospitales por negar atención a embarazadas: Cofepris

**En los últimos meses se han dado a conocer varios casos de negligencia por falta de atención


Sanción a cuatro hospitales por negar atención a embarazadas: Cofepris

La Crónica de Chihuahua
Marzo de 2014, 16:56 pm

Ciudad de México.- El comisionado federal de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), Mikel Andoni Arriola Peñalosa indicó que cuatro hospitales han sido sancionados, así como los médicos y personal involucrado en los recientes casos de negación de atención médica, principalmente contra mujeres embarazadas en varios estados del país.

"Cuatro instituciones públicas han sido sancionados, mientras que los doctores han recibido multas desde 200 mil hasta 500 mil pesos por no saber utilizar los protocolos", afirmó en entrevista tras la clausura del VI seminario "Retos del Sector Salud frente a la Universalización de los Sistemas de Salud.

El funcionario aseveró que "se va a proceder contra el médico de guardia o el propio director del hospital; vamos aplicar cero tolerancia... todos los casos que se han hechos públicos son investigados por la Cofepris".

En estos casos, dijo, se detectó una falta de seguimiento a los protocolos establecidos para la atención de los partos; hay un protocolo en la Norma Oficial Mexicana que tienen que seguir todos los profesionales de la salud.

En los casos que pudimos observar, indicó, no se han cumplido, y hemos generado otras dos acciones; se presentan los dictámenes de Cofepris ante los órganos internos de control de cada estado, "toda vez que la responsabilidad en términos de servicios de salud es estatal y tenemos la facultad de vigilar", acotó.

Para la autoridad de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) el análisis judicial de las medidas de la autoridad sanitaria debe ser respaldado a la luz del bien jurídico tutelado por su accionar, es decir, el derecho a la protección de la salud de la población.

Arriola Peñalosa, indicó que los criterios que han sido sostenidos durante los últimos tres años por el Poder Judicial dan luz respecto este principio por dos factores:

La baja incidencia de suspensiones provisionales y definitivas en contraste con otras áreas del derecho administrativo en las que la suspensión del acto reclamado constituye la regla y no la excepción.

Y la ponderación del derecho a la salud frente a otras garantías constitucionales, tomando en consideración la posible reparación del daño en caso de no hacerlo.

En tanto, el ministro José Ramón Cossío Díaz dijo, durante la clausura del evento, que este seminario ayuda a que los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación adquieran nuevos conocimientos y "abrir las prácticas que tenemos, para allegarnos del mejor conocimiento científico posible que tenemos en el país para efecto de resolver los muy complejos casos que nos están llegando".

"Desde luego que el sector salud es un sector prioritario, la actividad que realiza la SCJN está en otros ámbitos, pero el esfuerzo que realiza con la Secretaría de Salud, Cofepris, AMIIF, así como otras instituciones, sigan, aunque sea una vez al año, dado que la universalización de los servicios de salud es un asunto que nos atañe a todos, en virtud de que es la red institucional en la que va a caer una parte muy importante de la cotización del derecho a protección de la salud, que como derecho humano está establecido en la Constitución".
El Sol de México