Proponen que delito de trata de personas se persiga de oficio

**Y propusieron también circunstancias agravantes.


Proponen que delito de trata de personas se persiga de oficio

La Crónica de Chihuahua
Mayo de 2011, 13:12 pm

Chihuahua, Chih.- Diputados del Partido Acción Nacional propusieron al pleno del Congreso estatal iniciativa de Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Sancionar la trata de personas en el Estado de Chihuahua.

Entre las propuestas que contiene la iniciativa presentada por el diputado Raúl García Ruiz en representación de toda la bancada, se especifica que además de tratarse de un delito que se persiguede oficio, las penas para la comisión de este ilícito se agravaran en los casos siguientes:

a) Si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad;

b) Si el delito es cometido en contra de una persona mayor de sesenta años de edad;

c) Si el delito es cometido en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo;

d) Cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, habite en el mismo domicilio con la víctima, tenga una relación similar al parentesco o una relación sentimental o de confianza con el sujeto pasivo; además, en los casos que proceda, perderá la patria potestad, guarda y custodia o régimen de visitas y convivencias, el derecho de alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima y el derecho que pudiere tener respecto de los bienes de ésta.

e) cuando el sujeto activo del delito se valga de la autoridad que ejerza sobre la victima por relación laboral, sea pública o privada, o cualquier otra relación de que implique subordinación;

f) Cuando se aproveche de la necesidad o vulnerabilidad de los migrantes que se encuentren en tránsito por el Estado de Chihuahua, o que sean trabajadores migrantes o de hijos de éstos.

Así mismo la propuesta panista contempla toda una reglamentación dirigida a la asistencia y protección de las víctimas de este delito a través de asesoría y representación legal, jurídica, educativa y laboral; la protección de la privacidad y la identidad de las mismas, previendo la confidencialidad de las actuaciones; así como la adopción de medidas para la recuperación física, psicológica y social de las víctimas.