Promueven creación de Módulos de Información y Orientación Turística

En Congreso


Promueven  creación de Módulos de Información y Orientación Turística

La Crónica de Chihuahua
Julio de 2014, 15:46 pm

Chihuahua, Chih.- Para asegurar la accesibilidad de información para el turista, el diputado Antonio Andreu Rodríguez, propuso hoy al pleno de la Diputación Permanente, la creación de Módulos de Información y Orientación Turística los cuales habrán de contar con dicha información en español e inglés, como mínimo, y se instalarán preferentemente en plazas públicas, corredores turísticos, así como terminales de autobuses y aeropuertos.

Además, con ella se busca abonar a la dinamización de Chihuahua como destino turístico obligado, aumentando el flujo de visitantes y promoviendo que cada visitante que llegue a un municipio, sepa que puede acudir a otros lugares atractivos en el Estado.

Se trata entonces, dijo el legislador, “de asegurar, mediante la colocación permanente de Módulos de Información y Orientación Turística en los lugares y municipios estratégicos, que cuanto visitante llegue a Chihuahua, sepa que puede ir a Madera, o Paquimé, a Guachochi o la Cascada de Basaseachi; que apenas a unos kilómetros de la capital se encuentra el Parque Nacional Majalca, los pueblos mineros de Santa Eulalia y Santo Domingo, o que en Delicias está el Museo de Paleontología, además de los muchos destinos de aguas termales que lindan con Jiménez o Julimes”.

“Debemos estar seguros que cada turista que llegue a Chihuahua, sepa que no debería irse sin visitar nuestros museos y probar nuestra gastronomía, indicándole dónde se encuentran y cómo llegar ahí”, agregó el diputado.

Cabe mencionar, que para hacer posible la creación de dicho Módulos es necesario adicionar un último párrafo al artículo 56 de la Ley de Turismo del Estado de Chihuahua, el cual, de aprobarse quedaría de la siguiente manera:

Artículo 56. Los turistas, con independencia de los derechos que les asisten como consumidores, tendrán en los términos previstos por esta Ley los siguientes derechos:

I, II, III, IV, V, VI, VII…

Para efectos del cumplimiento a la Fracción I de éste artículo, la Secretaría, en coordinación con los ayuntamientos de los Municipios, difundirá la información turística en Módulos de Información y Orientación Turística, los cuales ofrecerán información, orientación y asesoramiento acerca de los servicios, destinos y atractivos turísticos del Estado. La información y orientación se ofrecerá mediante personal especialmente capacitado para tal función, así como mediante folletos gratuitos editados en español e inglés, como mínimo.

Dichos Módulos deberán estar en lugares estratégicos y visibles para facilitar su localización, tener una rotulación y señalización en español e inglés como mínimo, y preferentemente deberán estar ubicados en la plaza pública principal del Municipio y/o en corredores turísticos, centrales de autobuses y aeropuertos, así como en los sitios de mayor afluencia turística.