Preponderancia, el falso dilema

Javier Corral Jurado/ Columna Rotafolio


Preponderancia, el falso dilema

La Crónica de Chihuahua
Julio de 2014, 09:14 am

Aunque no es el único tema con el que Enrique Peña Nieto y sus aliados en el Senado pretenden burlar varias disposiciones de la reforma constitucional en Telecomunicaciones para favorecer a Televisa, el de la preponderancia tiene mayor relevancia porque trastoca uno de los grandes objetivos que se trazaron: abrir a la competencia mercados que han sido dominados y concentrados por unos cuantos. La burla consiste en pretender declarar un sólo "preponderante" por sectores, esto es, uno por telecomunicaciones y otro por radiodifusión, cuando la Constitución estableció hacerlo por servicios.

El concepto preponderancia, novedoso en el ámbito de la regulación de la competencia económica, se introdujo en la reforma como un mecanismo inmediato para imponer medidas especiales -"asimétricas"-, a un agente económico de gran tamaño, con el objeto de eliminar barreras a la competencia y proteger a los usuarios finales. Se estableció en el artículo Octavo transitorio, fracción III, párrafo segundo del decreto constitucional que “se considerará como agente económico preponderante, en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al cincuenta por ciento…”.

La definición constitucional fue clara al utilizar el concepto de servicios, que derivan en mercados. Tan es así que para medir ese porcentaje de participación nacional la misma disposición transitoria establece como criterios "...número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas…”. Estos criterios corresponden a servicios de telefonía fija y móvil, televisión de paga, radio y televisión abierta, así como internet. Y estos mercados son operados por distintos agentes económicos, no por uno sólo.

El párrafo tercero de la misma fracción III establece que “Las obligaciones impuestas al agente económico preponderante se extinguirán en sus efectos por declaratoria del Instituto Federal de Telecomunicaciones una vez que conforme a la ley existan condiciones de competencia efectiva en el mercado de que se trate.” Esta disposición es contundente, porque ¿cómo podría ser que un agente económico sea declarado preponderante por sector, y pierda esa calidad por el mercado de que se trate cuando ya exista competencia efectiva?.

Por si todo lo anterior fuera poco para echar abajo el falso "dilema" de la preponderancia, el artículo Segundo Transitorio de la reforma constitucional ordena que “las medidas de fomento a la competencia en televisión, radio, telefonía y servicios de datos, deberán aplicarse en todos los segmentos de forma que se garantice en su conjunto la competencia efectiva en radiodifusión y telecomunicaciones”.

El mandato es abrir a la competencia los mercados que se encuentren concentrados, pero la estrambótica interpretación "por sectores" del oficialismo televisivo tiene como propósito proteger a la empresa de Emilio Azcárraga para que no pueda ser declarado preponderante ni en Televisión de paga, ni en Televisión abierta, porque la primera no es un sector, sino un servicio en ese conjunto, y en la segunda no tiene más del 50% de la audiencia de todo el sector "radiodifusión", esto es, radio y tv. De hecho, éste es el argumento en el que Televisa basa el juicio de amparo que promovió contra la decisión del IFT que lo declaró preponderante en radiodifusión.

En Preponderancia el único dilema real es si se someterá o no a Televisa, para que enfrente de una vez por todas, la competencia. Televisa es el único caso en el mundo que concentra directamente tanto la televisión abierta (60% de la audiencia) como la restringida (62% de suscriptores), situación que le otorga un enorme poder en la producción, compra y distribución de contenidos, así como en la venta de publicidad. Ese es el poder que usa como cañón frente a la clase política para cooptar, chantajear y conseguir leyes a su medida o expandirse a otros negocios como el de la telefonía, los casinos, los espectáculos o el deporte.

Dejar sin declaratoria de preponderancia a cualquiera de las dos plataformas de transmisión, es una simulación para que le de vuelta a las medidas asimétricas en donde la dejen suelta. Y no declararla preponderante en ninguna de las dos, sería el ridículo mayor que hiciera el gobierno de Peña Nieto y el Congreso, ante México y el mundo. ¿Cómo explicaría El Salvador de México que la política de combate a los monopolios mediáticos sólo fue constitucional, y no se concretó en la legislación secundaria, ni en la acción administrativa?. Porque algún día tendrá que explicar, y asumir las consecuencias de haberle dejado la pluma presidencial a los personeros de Televisa. Y quizá para entonces tampoco pueda echar mano tan fácilmente del teleprompter, en el que esconde su brutal vacuidad.