Ordena el IFAI abrir archivos del "campo algodonero"

**Primero fue el instituto local, pero ahora es el Instituto Federal de Acceso a la Información, el que instruye al gobierno del estado a abrir los expedientes.


Ordena el IFAI abrir archivos del

La Crónica de Chihuahua
Febrero de 2012, 23:27 pm

México, D.F.- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó a la Secretaría de Gobernación (Segob) a hacer pública la información que le proporcionó el Gobierno de Chihuahua para integrar el informe en el que se da cuenta del cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso del Campo Algodonero.

La Segob había determinado que dicha información, a cargo de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) estaba reservada por un año, respuesta por la cual el particular presentó un recurso de revisión ante el IFAI, argumentando que la Ley de Transparencia prohibe clasificar o reservar información cuando se trate casos de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad.

En alegatos, la Segob señaló que de acuerdo con el oficio DRJAL-1167/2011, por el cual el Gobierno de Chihuahua reservó la información, la Cancillería había sido la encargada de concentrar e integrar la información proporcionada por todas las dependencias involucradas en el tema, tanto del ámbito federal como estatal y municipal.

Sin embargo, la Cancillería mexicana dijo no contar con los documentos para la integración del Informe, por lo que el IFAI llamó a audiencia tanto a la Segob como a la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Durante la reunión, la Segob admitió que el Gobierno de Chihuahua remitió específicamente a la Conavim la información y no a la Cancillería, y reconoció que la mayoría de los datos fueron aportados por los funcionarios del Gobierno estatal quienes, incluso, elaboraron la parte correspondiente de forma directa en las instalaciones de la Conavim.

Por ser un tema íntimamente relacionado con los compromisos adquiridos por el Estado mexicano en materia de derechos humanos, la ponencia no encontró argumento alguno para sostener la reserva.

La ponencia retomó lo que obliga la sentencia de la Corte Interamericana, que es conducir eficazmente el proceso penal, a fin de identificar, procesar y, en su caso, sancionar a los responsables materiales e intelectuales de la desaparición, maltratos y privación de la vida de las jóvenes ahí mencionadas.

En ese sentido, la sentencia obliga a México a publicitar las acciones realizadas para dar cumplimento.

El Pleno revocó la respuesta de Gobernación y le instruyó a otorgar la información que proporcionó el Estado de Chihuahua para la integración del informe.

El comisionado Ángel Trinidad expuso que no dejaba de llamar la atención o de sorprender que en un caso tan delicado, en el cual está inmerso el Estado mexicano, la Segob le hubiera dado el tratamiento descrito en la sustanciación del caso.

El 10 de diciembre de 2009, la CIDH emitió su sentencia en contra del Estado mexicano y declaró culpable al Gobierno por omisiones e ineficiencias en la localización y castigo de los asesinos las jóvenes Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera y Laura Berenice Ramos en Ciudad Juárez.

Las occisas fueron ubicadas en 2001 en un predio conocido como campo algodonero. Ahí también se encontraron sin vida a otras cinco mujeres.