México debe respetar el derecho a la vida y a la salud

Lamentablemente las instituciones de salud no dan los servicios requeridos ni cumplen las normas del cuadro basico


México debe respetar el derecho a la vida y a la salud

La Crónica de Chihuahua
Septiembre de 2011, 12:37 pm

Chihuahua, Chih.- Un caso desgarrador fue el que sirvió como antecedente para que ahora, se pueda .obligar a las instituciones de salud pública a dotar a sus usuarios de todos los medicamentos que requieran para sus tratamientos.

El caso, fue el resultado de la negligencia del sistema de salud, que cobró la vida de un hombre que padecía VIH, el cual, requería de ciertos medicamentos que no se encontraban dentro del cuadro básico, sin embargo, emprendió un juicio, alegando los derechos a la salud y a la vida ye s que México firmó tratados internacionales, donde sus estados se comprometían a la protección a la vida, lamentablemente, cuando el caso de este hombre, obtuvo su primer falló a favor, el ya había fallecido, por la falta de su medicamento.

En el artículo 28 del capítulo I del título III de la ley General de Salud se indica que:

Para los efectos del artículo anterior, habrá un Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel de atención médica y un Catálogo de Insumos para el segundo y tercer nivel, elaborados por el Consejo de Salubridad General a los cuales se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y en los que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud. Para esos efectos, participarán en su elaboración: La Secretaría de Salud, las instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Ejecutivo Federal.

Del Cuadro Básico de Insumos del sector salud, la Secretaría de Salud determinará la lista de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud; y garantizará su existencia permanente y disponibilidad a la población que los requiera, en coordinación con las autoridades competentes.
Sin embargo, ins
tancias de seguridad social como el IMMS o ISSTE, poco casó hacen a estas disposiciones.

Por ejemplo en los usuarios del ISSTE, aseguran, que en más de una ocasión se les ha pedido que compren sus propios medicamentos, recetados por los doctores de dicho servicio, ya que no se encuentran en el cuadro básico, así mismo, en diversas ocasiones, los doctores recetan un medicamento similar al del cuadro básico pero que no está en él para que los usuarios tengan que adquirirlo en las farmacias comerciales.

En otros caso un enfermo del Síndrome de NEZELOF (una deficiencia immunológica extremadamente rara caracterizada por la incapacidad de las células para defenderse frente a las infecciones serias causadas por gérmenes oportunistas. Se debe a una producción deficiente de linfocitos T originada por la ausencia de la enzima purina nucleosido fosforilasa), tiene que compartir su medicamento con otro, ya que su sistema de salud (IMSS) solo tiene medicamento para un solo enfermo.