¿Legalizar o no el aborto en Chihuahua?

El Gobernador de Chihuahua se dice respetuoso del marco legal de su entidad


¿Legalizar o no el aborto en Chihuahua?

La Crónica de Chihuahua
Septiembre de 2011, 10:32 am

Chihuahua, Chih.- En la Edad Media el derecho canónico distinguía corpus formatum y corpus informatum. El primero es aquel en condiciones de recibir el alma convirtiéndose en feto animado, el segundo el que no había llegado a ese estado. Hubo división, pero en general se sostuvo que el hecho tenía lugar a los 40 días después de la concepción en los varones y a 80 en las hembras. Ahí comenzó la polémica y sigue y sigue.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizará un proyecto para derogar las reformas en 18 estados, entre ellos Chihuahua, cuya Constitución protege al ser humano desde la concepción, razón por la cual numerosos grupos buscan frenar el avance de esta propuesta, esto en este mes de septiembre de 2011.

El ministro Fernando Franco González Salas, de la Corte Suprema busca declarar inconstitucional las reformas que blindaron la vida ante el aborto en dos estados del país, principalmente San Luis Potosí y Baja California. Sin embargo, hay otros 16 estados que reformaron su Constitución para proteger la vida de todas y todos desde su inicio en la concepción-fecundación, legislación que también podría ser declarada inconstitucional. En Chihuahua la 52 Legislatura fue la que reformó la Constitución.

Opiniones

Al ser cuestionado el Gobernador de Chihuahua al respecto dijo que el respeta el marco legal de su estado y no quiso abundar sobre su opinión personal a favor o en contra del aborto.

Por su parte la Senadora de Chihuahua Teresa Ortuño, indicó que un aborto es violentar los derechos de las mujeres, ya que nadie les dice a las mujeres que abortan los riesgos y consecuencias, como post- depresión, las infecciones y la probabilidad de no volverse a embarazar.

Cronología

Durante el siglo XVIII muchos países del mundo crearon leyes que convertían el aborto en una práctica ilegal.

En 1931, en México, se aprobó el Código Penal para el Distrito Federal, en el que se incluyó la despenalización del aborto en casos de violación, cuando el embarazo pone en peligro la vida de la mujer y cuando el aborto es producto de una imprudencia de la mujer.

En 1974 Se reformó la Constitución para incluir, en su artículo 4°, el derecho de toda persona a “decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos”.

El 29 de diciembre de 2006 se publica el nuevo Código Penal para el Estado de Chihuahua donde se incluye una nueva excluyente de responsabilidad penal para el aborto: en casos de inseminación artificial no consentida y se suprime el castigo por aborto imprudencial o culposo.

En 2007 el 24 de abril en un hecho histórico, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprueba la ley que despenaliza el aborto hasta la semana 12 de gestación. Esta ley incluye mecanismos para la impartición de servicios de salud adecuados y mejora los mecanismos para la protección a una maternidad libre, informada y responsable.

Según estadísticas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el estado de Chihuahua revelan que de 1996 a 2001, la institución atendió 20 mil 195 abortos. Además, cada año alrededor de cinco mil embarazos se ven interrumpidos en la entidad, y existe la amenaza de que un número igual terminen en aborto, así lo indican las estadísticas de las instituciones que conforman el sector salud.

Sin embargo el 3 de septiembre de 2007 un equipo de ginecobstetras del Hospital General le practicó el aborto legal a Lupita, la niña de trece años que resultó embarazada de la violación que sufrió recientemente.. Lupita es una niña de trece años que resultó embarazada de la violación que sufrió en Meoqui. Ella y su familia solicitaron la interrupción del embarazo a través de su abogada, Lucha Castro, con base al Artículo 146 del Código Penal del Estado y de la Normal Oficial Mexicana 190.

El Artículo 146 del Código Penal del Estado contempla el aborto legal cuando hay violación pero no hay un reglamento que aclare quién y de qué manera se debe practicar. Ese vacío legal generó una gran polémica en los distintos sectores de Chihuahua, sobre todo porque el Ministerio Público y el Poder Judicial no respaldaron la petición de Lupita y su familia

Carrera Robles de secretario de Fomento Social de aquel año, solicitó el expediente de la averiguación previa a la procuradora de Justicia, Patricia González sobre la violación de Lupita, y tomó la decisión de permitir la interrupción del aborto de Lupita.

"Los funcionarios públicos, al asumir el cargo protestamos cumplir y hacer cumplir todas las leyes, sin limitarlas a aquellas con las que estamos de acuerdo o en desacuerdo", indicó Carrera Robles.

Y puntualizó: "La Ley General y la Estatal de Salud así como la NOM 190, no son la excepción; como servidores públicos estamos obligados a cumplir y observar la ley, por encima de las convicciones personales o ideológicas que tengamos sobre el tema".