Estados desaprovechan los impuestos cedulares

Chihuahua implementó impuestos a arrendamiento de inmuebles y a enajenación de inmuebles


Estados desaprovechan los impuestos cedulares

La Crónica de Chihuahua
Mayo de 2012, 10:22 am

A pesar de la baja recaudación que existe en las entidades federativas, sólo seis de las 32 que integran la República Mexicana han hecho válida la facultad de implantar en su régimen tributario un impuesto de tipo cedular, de acuerdo con el Centro de Estudios de Finanzas Públicas (CEFP) de la Cámara de Diputados.

En noviembre del 2004, el Congreso de la Unión aprobó cambios en el artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, con el objetivo de que los gobiernos locales tuvieran la potestad de establecer en su territorio un impuesto cedular al ingreso de las personas físicas por concepto de honorarios profesionales, arrendamiento de bienes inmuebles, venta de inmuebles y por actividades empresariales.

Del 2005 al 2012, sólo Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Oaxaca y Quintana Roo apostaron por la medida; sin embargo, ninguna de estas entidades ha implementado las cuatro opciones mencionadas anteriormente.

La tasa aprobada fue de 2 a 5% y la base gravable se homologó a la del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

El propósito de introducir dichos gravámenes era generar una fuente adicional de ingresos para los gobiernos estatales, con el objetivo de reducir la dependencia que tienen de las transferencias federales”, informa el CEFP en el estudio “Evolución de los Impuestos Cedulares”.

DESTACA GUANAJUATO

Guanajuato es la entidad que aplica el mayor número de opciones, con tres de las cuatro establecidas (impuestos a Honorarios Profesionales, a Arrendamiento de Inmuebles y a la Actividad Empresarial). Para este año se estima que capte cerca de 173 millones de pesos, alrededor de 9% de sus ingresos por gravámenes.

En el resto de los estados la aportación de estos impuestos será muy baja, entre otros motivos, porque sólo han introducido una o dos variantes, dejando de lado la posibilidad de una mayor recaudación adoptando los demás conceptos”, destaca el análisis.

Chihuahua implementó impuestos a arrendamiento de inmuebles y a enajenación de inmuebles; Guerrero, al arrendamiento de inmuebles; Nayarit, a honorarios profesionales y a arrendamiento de inmuebles; Oaxaca, a arrendamiento de inmuebles, y Quintana Roo, a enajenación de inmuebles.

El documento destaca que la poca participación de los estados podría estar asociada también al tema de deducibilidad del pago del impuesto cedular en el ISR, “situación que podría inhibir a las legislaturas locales a adoptar algún tipo de impuesto cedular, por el hecho de que esto significaría un incremento de gravámenes directos a sus ciudadanos”.

Y es que -de acuerdo con la Ley del ISR- las personas físicas que realicen el pago de algún impuesto cedular en una entidad federativa pueden deducirlo para efectos del cálculo del ISR que se paga a la Federación