Demanda Carla Herrera a consejo del Club Campestre por discriminación

De seis meses a tres años de prisión ó de veintiocho a cien días de trabajo a favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días, son las sanciones a quien discrimine, seún el artículo 197 del código penal de Chihuahua


Demanda Carla Herrera a consejo del Club Campestre  por discriminación

Lily Dueñas
Octubre de 2012, 13:10 pm

Chihuahua, Chih.- La licenciada por Harvard y ex directora de Atención a Grupos Vulnerables de Gobierno del Estado, Carla Herrera, demandó hoy al consejo del Club Campestre por discriminación.

Esto debido a que ella y su esposa (ambas hijas de familias adheridas y fundadoras de dicho club social), no han sido aceptadas como miembros del Club “por violar los principios del club”, la esposa de Herrera, solo podía entrara al club si, era registrada como empleada domestica “sirvienta” fue el término utilizado por el Club Campestre.

Los presuntos responsables de la comisión de delito de discriminación son los señores Pedro Matías Ramírez Godínez, Eugenio Vázquez Quintana, Manuel Russek Valles e Ismael Rodríguez Gallegos, Presidente, Vicepresidente, Secretario y Ex Presidente, respectivamente del “Campestre Chihuahua” S.C. así como los integrantes del Comité de Admisiones del año 2011. Aunque la responsabilidad podría ampliarse, si durante la investigación se detecta la participación de más personas en la comisión de conductas discriminatorias.

Desde el año pasado que se le había negado la admisión a la esposa de herrera, con al que contrajo nupcias de manera legal, en el Distrito Federal, hasta la presente fecha, no se habían presentado una resolución favorable por parte del consejo de admisión de “Campestre Chihuahua” S.C.

Hay que aclarar, que aunque la solicitud de admisión se logre, la demanda segura su curso, explicó la abofada de Carla Herrera y de su esposa Lilia Victoria Aun Caraveo, Karla Michelle Salas Martínez.

El Comité Nacional para prevenir la Discriminación y erradicar la Discriminación (CONAPRED), determinó el pasado 30 de julio que la negativa de permitir el ingreso de la señora Lilia Victoria Aun Caraveo en el Club “Campestre Chihuahua” S.C. la “agravia tanto ella como a su cónyuge Carla Herrera Guerrero… es una conducta HOMOFOBICA…” también señala que dichas prácticas “estigmatizan a las personas de la diversidad sexual, pues al negación de su participación en diversos ámbitos pueden incitar al odio o a su exclusión social y promover la violación de sus derechos humanos, pues conlleva a colocarlas en situación de discriminación”.

“Yo no odio y si acepto a los homofóbicos, no les pido que me acepten, esto no es un asunto de moral si no legal… hago esto por mi familia, porque dentro en la casa somos familia ¿Cómo les voy a decir que fuera de ella no lo somos” explicó Carla Herrera, en una rueda de prensa donde se le cuestionó el por qué no había hecho este asunto publico antes y pro que hasta ahora demandaba después de más de un año, a lo que con esto “siempre busque reconciliación y cuando eso se busca hay que ser pacientes” .

De seis meses a tres años de prisión ó de veintiocho a cien días de trabajo a favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días, son las sanciones a quien discrimine, seún el artículo 197 del código penal de Chihuahua