Decretan garantías para menores infractores

**La Ley Federal de Justicia para Adolescentes fue publicada ayer en el Diario Oficial de la Federación.


Decretan garantías para menores infractores

La Crónica de Chihuahua
Diciembre de 2012, 10:33 am

La Ley Federal de Justicia para Adolescentes fue publicada ayer en el Diario Oficial de la Federación, con lo que se establecen los principios de respeto, integridad, dignidad y estricto cumplimiento de los derechos y garantías a menores infractores de entre 12 y 17 años.

La legislación, aprobada en el Congreso hace casi un mes, entrará en vigor en dos años en lo que se expiden las leyes secundarias y se capacita al personal que tendrá bajo su responsabilidad la aplicación de la norma.

"Dentro del plazo de entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo federal y las autoridades federales correspondientes deberán expedir los reglamentos que se prevén en esta ley, así como realizar las adecuaciones presupuestales y orgánicas", se justifica en los artículos transitorios.

"Deberá preverse también la selección y capacitación inicial y permanente de los funcionarios que integrarán el personal del sistema, así como de quienes fungirán como formadores. Para ello se recurrirá a los convenios que las diversas dependencias tengan firmados con organismos especializados en la protección de los derechos de los adolescentes".

Además, garantiza que durante la fase de detención no se mantenga al adolescente incomunicado ni se le coaccione, intimide, someta a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes y que se satisfagan sus derechos a la alimentación y a la salud.

La legislación, aprobada a tres años de que el entonces Senador, Jesús Murillo Karam impulsó la propuesta de un marco normativo para este sector, tiene su alcance en los adultos jóvenes —que tienen entre los 18 años cumplidos y menos de 25 años— y a quienes se les puede atribuir o comprobar la realización de una conducta tipificada como delito cuando eran adolescentes.

Hace dos años, llamó la atención la captura y presentación de "El Ponchis", de 14 años, quien admitió ser sicario del Cártel Pacífico Sur (CPS) y haber asesinado a cuatro personas para después mutilarlas.

En un juicio oral fue sentenciado a tres años de prisión, luego de que un juez determinara su responsabilidad en diversos delitos federales como portación de arma, contra la salud y delincuencia organizada.

El Capítulo II de la ley establece que por ningún motivo los policías podrán exhibir o exponer públicamente a las niñas, niños y adolescentes, así como publicar o divulgar toda grabación, filmación, imagen o cualquier otra información relacionada con los mismos.

"Los agentes policiacos que detengan a un adolescente en flagrancia, están obligados a remitirlo inmediatamente al Ministerio Público de la Federación para Adolescentes", detalla.

Sobre el juicio contra el adolescente, se precisa que sus padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad o la custodia o, en su caso, el adulto joven, y su defensor, podrán solicitar que las audiencias se verifiquen a puerta cerrada.

"En el juicio deberán estar presentes el Juez de Distrito Especializado para Adolescentes, el adolescente o adulto joven, su defensor, familiares o representantes, y el Ministerio Público de la Federación para Adolescentes", enumeran.

Con la nueva ley se abroga, en su aplicación de ámbito federal, la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal.

Los adolescentes sujetos a procedimiento o que se encuentren cumpliendo una medida de conformidad con la ley que se abroga, quedarán sujetos al régimen previsto en la nueva norma.