Criminalización de la protesta social

REPORTAJE ESPECIAL. Buzos


Criminalización de la protesta social

La Crónica de Chihuahua
Enero de 2016, 16:18 pm

México, Martín Morales.- En lugar de mejorar su habilidad política para solucionar controversias y demandas sociales, los titulares de los poderes públicos en México tienden a buscar formas directas o encubiertas de cerrar el paso a la expresión pública de las inconformidades y demandas de la población nacional.

Entre el bullicio de las fiestas navideñas de 2015 se ejecutó en Chiapas una reforma al Código Penal local que directamente criminaliza la protesta y la demanda social al relacionarla con actos de pandillerismo, estableciéndose penas de hasta 10 años de prisión por realizar manifestaciones que obstruyan vialidades y espacios públicos o que soliciten a la ciudadanía apoyos económicos por vía del “boteo”.

Como se ha venido documentando en Buzos de la Noticia, en diversas entidades del país han habido reiterados intentos por inhibir las manifestaciones públicas, pero la reciente reforma penal de Chiapas, dada su singularidad y nivel inusitado de las sanciones aprobadas, constituye una alerta nacional contra el autoritarismo.

En efecto, el nuevo artículo 375 del Código Penal para el Estado de Chiapas, modificado el viernes 18 de diciembre de 2015 por el Congreso local indica: “Los que en grupos de dos o más personas obstruyan la vía pública, entendiéndose con esto las calles, libramientos, boulevares, avenidas, camellones, carreteras, y en general todo espacio de dominio público y uso común, que por disposición de la autoridad o por razón del servicio, están destinadas al tránsito de personas, vehículos o cosas; exijan pago de peaje para transitar sobre éstos, a transeúntes o conductores de vehículos del servicio particular o público, serán sancionados con prisión de cinco a diez años”.

El texto no prohíbe expresamente las manifestaciones públicas, pero lo hace de manera indirecta al penalizar el acto asociado de ocupar calles y plazas para movilizarse, denominándolo obstrucción; en la fundamentación de la reforma se resalta el objetivo de preservar el derecho de tránsito de terceros, pero sin tocar el problema de fondo de por qué se realizan las movilizaciones sociales, cuya génesis está asociada generalmente a la incapacidad política, al burocratismo, la corrupción y el desinterés de los funcionarios en la solución de los problemas sociales de Chiapas.

Pero en la nueva redacción del artículo 375 los diputados de esa entidad crearon un nuevo ilícito sancionable hasta por cinco o 10 años de cárcel sin derecho a fianza al convertir el “boteo”, una práctica de cooperación voluntaria y solidaria en la mayor parte de los países del mundo, en un ejercicio de presión equiparable a la exigencia de un “pago de peaje”.

Los intentos de represión contra la ciudadanía con mayores problemas sociales se han venido dando bajo el impulso de los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) conforme al más viejo y rancio estilo autoritario del país en entidades como San Luis Potosí, Chiapas e incluso el Distrito Federal, bajo el actual gobierno del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

En el caso de Chiapas, la reforma penal se aprobó durante la administración estatal de Manuel Velasco Coello, militante del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y aliado electoral y parlamentario del PRI, a iniciativa del diputado local Óscar Armando Ramírez Aguilar, presidente del Congreso local.

De acuerdo con analistas e investigadores sociales conocedores de los asuntos chiapanecos, detrás de esta nueva legislación se esconde la presión permanente de los grupos empresariales locales y corporativos, cuyos dirigentes han exigido al Gobierno de Velasco Coello poner fin a las movilizaciones y plantones, muy frecuentes a causa de los graves problemas sociales que existen en la entidad.

Para estos expertos, el enfoque policial y punitivo de la reforma penal está orientado a satisfacer las demandas de “orden público” de los sectores más poderosos de Chiapas; oculta la raíces socioeconómicas de los problemas que generan las protestas públicas y evidencia “la impericia política y el burocratismo” del Gobierno del PVEM-PRI.

Los analistas advierten, sin embargo, que la modificación del artículo 375 tiene un objetivo político coyuntural: anular y “descabezar” al magisterio disidente de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) que en los últimos tres años se ha movilizado continuamente en rechazo a la evaluación del personal docente, igual que sus compañeros de los estados de Oaxaca, Michoacán y Guerrero.

Autoritarismo e impericia política

El problema se agrava si se toma en cuenta que no es una legislación –por definición no lo es– que tenga una etiqueta de aplicación estricta a tales o cuales personajes, sino por ser general bien puede ser administrada a cualquier manifestación de indígenas, campesinos, colonos, que tomen una plaza o que cierren una vialidad durante su protesta legítima.

En rigor, la reforma integró un nuevo marco legal propicio a la criminalización de la protesta social, aplicando una solución autoritaria que oculta la ineficacia gubernamental, el tortuguismo burocrático, la corrupción y la impericia política de los funcionarios para hallar solución a los conflictos sociales y satisfacción a las demandas legítimas de sectores vulnerables de la población.

El doctor en antropología social, Óscar Sánchez Carrillo, investigador del Centro de Investigaciones Multidisciplinarias sobre Chiapas y la Frontera Sur de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), con sede en San Cristóbal de las Casas, dijo a Buzos: “Ha habido una evidente falta de diálogo por parte del Gobierno estatal para resolver los problemas locales, y la gente no ha visto otra opción para encontrar una solución que manifestarse en las calles. Hay una falta de sensibilidad por parte del Gobierno estatal al no tratar de mejorar los canales de comunicación con la sociedad y tampoco ha hecho un análisis profundo acerca de las causas por las que se desarrollan los movimientos que cierran vialidades.

”Los maestros inconformes con la reforma educativa han cerrado casetas de cobro, donde cierran el tránsito y cobraban el paso a los automovilistas. Pero hay otros casos muy distintos. Hace poco tuvo lugar la entrega de televisores digitales para el cambio de televisión analógica a digital y las personas de las comunidades que no habían recibido su aparato vinieron a la ciudad de San Cristóbal, e incluso a Tuxtla Gutiérrez, e hicieron también bloqueos para demandar su entrega. El problema fue que son personas que no están ligadas al partido político del gobernador (PVEM). Pero son muchas más las expresiones sociales en el estado; son diversas y están saliendo a las calles para encontrar soluciones”, comentó el doctor Sánchez.

“Yo creo que la reforma al Código Penal –agregó el investigador– está metida en un contexto en que las movilizaciones de la CNTE han estado en su apogeo; ése ha sido el motivo de haber promulgado esa ley, pero la demás gente va a seguir manifestándose, haciendo bloqueos y tomando carreteras cuando considere necesario solucionar un problema no atendido”.

El analista político y doctor en Derecho de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Azcapotzalco Ramiro Bautista Rosas, expuso: “No están considerando las cuestiones de fondo que provocan las manifestaciones, plantones, y todas estas cosas. No solamente las realiza el magisterio inconforme con la reforma educativa, sino también campesinos, indígenas, colonos, quienes tienen mucho por qué protestar, y de vez en cuando lo hacen. Esta legislación, aunque se dirige más hacia los profesores inconformes con la reforma educativa, queda vigente como una amenaza”.

Objetivo: legalizar la represión

“Me parece que la reforma está dirigida a tratar de anular los movimientos, pero sobre todo el de la resistencia magisterial. El objetivo es ir frenando la oposición que haya ante la reforma educativa; descabezar a las dirigencias del grupo magisterial (CNTE), con objeto de someterlos, que ya participen en el proceso de reforma educativa y se acabe el problema para las autoridades”, expuso el doctor Bautista en plática con este semanario.

El académico analizó que tanto el secretario de Educación Aurelio Nuño, como los gobernadores de los estados con conflictos magisteriales, “están cancelando las posibilidades de diálogo; de entrada están señalando: si no se acepta la reforma no hay diálogo, y entonces, ¿para qué el diálogo? Si de entrada hay una posición así de tajante y tienen que aceptar la reforma educativa, a lo que se oponen estos grupos magisteriales. Me parece que están relajando las cuestiones de autoridad para pasar a las medidas de fuerza; pero están buscando el sustento legal y este sustento legal se me hace drástico y exagerado”.

Aprobación sigilosa

La reforma al Código Penal chiapaneco, como ya se ha dicho, fue aprobada el viernes 18 de diciembre a fin de aprovecharse de las vacaciones de invierno y de que la mayoría de la población está distraída en los festejos sociales y religiosos. Ese día, el pleno de diputados locales chiapanecos dio su visto bueno a la reforma del artículo 375 que promovió el propio presidente del Congreso, el legislador verde ecologista Eduardo Ramírez Aguilar.

Durante la sesión del Congreso, la diputada del PAN Fabiola Ricci expresó que el objetivo de la modificación legal era garantizar el Estado de Derecho de las mayorías sin menoscabo de las libertades de nadie. “Recordemos que es la autoridad la responsable de garantizar la integridad de las personas y por esa razón es urgente vincular la modificación de una norma jurídica a las circunstancias que requiere una demanda ciudadana”.

El pretexto: pandillerismo

Obsérvese con detalle cómo desde la misma exposición de motivos de la reforma al Código Penal de Chiapas se asoció a la manifestación pública con el pandillerismo y se preparó el marco legal adecuado para que los policías actúen en contra de las personas movilizadas: “la presente iniciativa se encauza en proponer adecuaciones legislativas para sancionar con mayor severidad las conductas relativas al delito de pandillerismo, a efecto de instituir una penalidad proporcional al daño causado en su comisión, en específico el artículo modificado; tratando de evitar con ello que las personas que hacen uso de diversos derechos o pretextando su ejercicio (bloqueos, plantones, manifestaciones, entre otros), generen transgresiones a los derechos fundamentales de terceros, y por ende, se circunscriban en actos constitutivos de delitos.

“Al respecto, si bien es cierto que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos instrumentos internacionales establecen derechos relativos a la libertad de expresión o manifestación de las ideas, así como al ejercicio de la libertad de reunión, también lo es que al “exigir el cumplimiento de los mismos”, mediante bloqueos, manifestaciones, plantones, y demás actos similares, obstruyen la vía pública y exigen el pago de cuotas o peaje por transitar por éstas, vulnerando derechos de terceros, además de causar perjuicios de orden patrimonial.

“En este sentido, la libertad de tránsito, consistente en la potestad de viajar y trasladarse libremente dentro del territorio nacional, no únicamente impone a las autoridades la obligación de garantizar esa premisa, también las vincula a desplegar las acciones necesarias a fin de evitar situaciones jurídicas que anulen o restrinjan el goce de tal libertad.

”Ajustándose a lo anterior, se estima necesario evitar en gran medida la transgresión de ese derecho fundamental y otros, a consecuencia de los actos antes descritos que realizan algunos grupos. Estadísticamente se ha demostrado que los delitos cometidos en grupo son más violentos y socialmente causan un daño adicional: el sentimiento de inseguridad y temor general que provocan en la comunidad”.

Así, argumentando defender a los ciudadanos contra el pandillerismo, en realidad el Estado ha perfeccionado el mecanismo legal que justifique la represión de cualquier movimiento de protesta, prefiriendo el uso de la fuerza en lugar del diálogo con los diferentes sectores sociales inconformes.