Crean Sala de Control Constitucional del Supremo Tribunal de Justicia del Estado

**Este domingo entró en vigor la nueva disposición


Crean Sala de Control Constitucional del Supremo Tribunal de Justicia del Estado

La Crónica de Chihuahua
Junio de 2013, 08:36 am

Chihuahua.- Este domingo entró en vigor la disposición de crear la Sala de Control Constitucional del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y de expedir la Ley Reglamentaria del Artículo 105 de la Constitución de Chihuahua.

Se trata de una disposición en materia de control de la constitucionalidad y de la convencionalidad a cargo de jueces y magistrados del fuero común, que fueron aprobados por unanimidad por el Pleno Legislativo local, en enero de este año.

Esto, debido a que este sábado fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el decreto correspondiente que da sustento a dichas disposiciones legales, y a partir de esta fecha correrá el plazo respectivo para la instalación de ese organismo y para la creación de esa nueva normatividad.

De esta manera, los chihuahuenses tendrán la seguridad que una instancia local vigilará y revisará que las sentencias emitidas por un juez estén estrictamente apegadas a lo que establecen las normas supremas, sin perjuicio del control constitucional federal.

El titular del Ejecutivo Estatal propuso esas medidas al Congreso del Estado, mediante la reforma de diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Chihuahua y de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

De acuerdo con el Periódico Oficial del Estado, a la Sala de Control Constitucional le corresponderá el realizar de oficio la revisión de la constitucionalidad y de la convencionalidad de las normas jurídicas del fuero común al momento de su aplicación en los asuntos de su competencia.

Además, revisará las resoluciones de los jueces de primera instancia y de las salas unitarias del Supremo Tribunal de Justicia, mediante las cuales se determine la inaplicación de las normas jurídicas, cuando sean consideradas contrarias a los contenidos de la Constitución Política del Estado, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o de los tratados internacionales celebrados y ratificados por el Estado Mexicano, con arreglo a esta última.

Precisa también que la Sala de Control Constitucional estará conformada por un magistrado especializado en materia constitucional, quien la presidirá y será responsable permanente de su administración; asimismo, por dos magistrados que se elegirán de entre los existentes, uno en materia civil y otro en materia penal, renovados cada año por elección del Pleno del STJE.

En torno a la Ley Reglamentaria del Artículo 105 de la Constitución local, destaca que esta es de orden público e interés social y tendrá por objeto establecer los mecanismos y procedimientos para llevar a cabo el control difuso de la constitucionalidad y de la convencionalidad de las normas jurídicas por parte de jueces y magistrados, así como para fijar la competencia en esta materia de la Sala de Control Constitucional y del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.