Cancelan publicidad de productos fraudulentos

**Multas, suspensión de anuncios, y no les hacen ni cosquillas a los "milagrosos".


Cancelan publicidad de productos fraudulentos

La Crónica de Chihuahua
Febrero de 2011, 09:37 am

México, D.F.- En 2010, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) ordenó la suspensión de 307 anuncios publicitarios de diversos productos "milagro" que se transmitían en televisión, radio, medios impresos e internet, por no tener permiso sanitario o presentar un riesgo para la salud.

Los productos que tuvieron que suspender su publicidad fueron Cápsulas de Bromelina, Charakani, Inhibek, Botox Lift Crema, Rejuvital, Ardinat, Diabetix Nax y Ginkonat, entre otros.

En conferencia de prensa, Miguel Ángel Toscano, comisionado federal, dijo que también se aseguraron 247 mil 638 piezas contenidas en ampolletas, botellas, botes, cajas, litros, paquetes y sobres.

Además, se aplicaron multas por 3 millones 49 mil 844 pesos a empresas que promocionaban los productos milagro.

"Una de las principales características de estos productos es que la publicidad no es comprobable; no tienen permiso ni aviso publicitario ante la Cofepris", indicó Toscano.

Cofepris agregó que actualmente hay más de 10 productos milagro que el organismo no ha podido retirar de la televisión: Prostamax, Prostaliv, Malunggay, Chardon de Marie, Rejuvital, Cold Heat Extreme, Purifhígado, Moinsage, Skiny Shot, Puassanse, P-SO Exacto, Hongo Charakani y Pliz Hongo Michoacano.

La sanción asciende a 344 mil pesos, por lo que la Cofepris buscará elevar las multas para que dejen de anunciarse.

"Es irrisoria la multa en comparación con los presupuestos que tienen destinadas estas empresas para publicidad", agregó Toscano.

De acuerdo con la Cofepris existen alrededor de 2 mil productos milagro en México y los medios de comunicación en donde más se anuncian son Televisa, TV Azteca, Proyecto 40, Cablevisión y Cadena 3.

Toscano destacó que el consumo de productos milagro ocasiona efectos secundarios como vómito, taquicardia, dolor abdominal, dolor de cabeza, cansancio, hipertensión, heces blandas e impiden la absorción de los nutrientes.

El próximo 17 de febrero, adelantó, se reunirá con varias empresas y sectores involucrados para discutir las reformas al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad para regular la publicidad en alimentos, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, suplementos alimenticios, medicamentos y dispositivos médicos.