CNDH no notificó a Garfio para reparar daños por Aeroshow

**Dice que nadie le ha avisado personalmente, y que del tema conoce sólo lo que ha leído en la prensa.


CNDH no notificó a Garfio para reparar daños por Aeroshow

La Crónica de Chihuahua
Abril de 2014, 12:25 pm

A cinco días de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitiera una recomendación en la cual pide al Ayuntamiento de Chihuahua que se disculpe públicamente por los hechos ocurridos en el espectáculo Aeroshow e indemnice a las víctimas y a sus deudos, el alcalde Javier Garfio Pacheco dijo que aún no ha sido notificado.

Y como no ha sido notificado, no ha fijado aún ni postura ni una fecha específica para ofrecer las disculpas públicas que le recomendó la CNDH por las consecuencias del accidente ocurrido el 5 de octubre durante la presentación del espectáculo “Monster Truck”, en el cual murieron 9 personas y 58 más resultaron con lesiones graves.

Entonces, Garfio Pacheco aún está en la espera de este documento, con el propósito de analizarlo y darle el seguimiento.

Cuestionado acerca de que la recomendación está disponible en el portal de la CNDH y de que ha sido difundido ampliamente, dijo que sólo lo conoce de manera “extraoficial”.
Así, de manera extraoficial, dijo que el ayuntamiento a su cargo ya ha cubierto algunos de los puntos que se marcan en las recomendaciones de la CNDH, como la atención de los heridos, como de las secuelas derivadas del accidente y la capacitación a Protección Civil para actuar en actividades de convocatoria masiva.

En torno a las indemnizaciones, donde el presidente municipal, manifestó que afortunadamente ya se cuenta con una “Mesa Interinstitucional” en donde se analizaran la existencia de un esquema que permita llegar a una indemnización, previa al juicio que se realiza en contra de quien resulte responsable.

Respecto a la recomendación de proceder contra los responsables, dijo que se actuará “hasta las últimas consecuencias”, pero todo basado en el informe que presentó el síndico municipal.

A continuación, el contenido de la Recomendación No. 12/2014 de la CNDH emitida el 31 de marzo del 2014:

"A ustedes, señores integrantes del Ayuntamiento de Chihuahua, Chihuahua:
PRIMERA. Se giren instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se proceda a la reparación del daño ocasionado a las víctimas directas e indirectas, en la que se incluya la indemnización respectiva, la atención médica incluyendo las prótesis y equipo médico necesario, así como la atención psicológica adecuada, debiéndose remitir a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento.

SEGUNDA. Se giren instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se proceda a realizar una disculpa pública a las víctimas directas e indirectas del caso que nos ocupa, debiéndose informar a esta institución sobre el cumplimiento de la misma.

TERCERA. Se instruya a quien corresponda, con la finalidad de que se creen los lineamientos específicos que regulen los eventos de riesgo, en los que se indique de forma puntual las medidas de seguridad que se deberán observar durante la planeación y desarrollo de los mismos, y se remitan a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.

CUARTA. Se instruya a quien corresponda, con la finalidad de que se impartan cursos de capacitación obligatorios a todo el personal que labora en el cuerpo operativo del H. Cuerpo de Bomberos y Unidad de Protección Civil del municipio de Chihuahua, a efecto de que conozcan de manera teórica y práctica los lineamientos en materia de protección civil tanto municipales como estatales y realicen una aplicación y supervisión efectiva de los mismos, y se remitan a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento.

QUINTA. Se giren instrucciones a quien corresponda, con la finalidad de que se impartan cursos de capacitación obligatoria en materia de derechos humanos a todo el personal que labora en el Ayuntamiento de Chihuahua, y se remitan a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento.

SEXTA. Se colabore ampliamente con este organismo nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que este organismo nacional formule ante la Fiscalía General del estado de Chihuahua, para que en el
ámbito de su competencia se inicie la investigación que en derecho corresponda, por tratarse de servidores públicos cuya conducta motivó este pronunciamiento, y se remitan a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.

SÉPTIMA. Se colabore ampliamente con este organismo nacional, en el trámite de la queja que este organismo presente ante la Subdirección de Asuntos Internos del Ayuntamiento de Chihuahua y se remitan las constancias que acrediten su cumplimiento.