Afilia el Seguro Social a parejas homosexuales

**Refiere a la otorgación de las mismas prestaciones y beneficios que de los que hasta ahora gozan los cónyuges heterosexuales inscritos al Seguro Social.


Afilia el Seguro Social a parejas homosexuales

La Crónica de Chihuahua
Febrero de 2014, 23:51 pm

(Excélsior). México, D.F.- A raíz de la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado 29 de enero, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que los matrimonios que estén conformados por personas del mismo sexo serán sujetos de afiliación al régimen ordinario.

Este cambio de políticas en el organismo de salud refiere a la otorgación de las mismas prestaciones y beneficios que de los que hasta ahora gozan los cónyuges heterosexuales inscritos al Seguro Social.

Con dicha resolución y sin encontrarse en una reforma a las leyes actuales, el IMSS permitirá también que los viudos de parejas homosexuales puedan ser favorecidos en el recibimiento de pensiones ofrecidas por la institución a los beneficiarios de las pólizas de los actuales afiliados.

El trámite de inscripción responde a “la interpretación realizada por la Suprema Corte a la Ley del Seguro Social, en el sentido de que aun cuando la ley hace diferencias en razón de género, debe entenderse que también protege a dichos matrimonios, lo cual respeta el principio por persona, establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Además informó que la determinación es con base al principio por persona y de acuerdo a la determinación realizada por la SCJN.

Esta determinación es acorde con la interpretación realizada por la Suprema Corte a la Ley del Seguro Social, en el sentido de que aun cuando la ley hace diferencias en razón de género, debe entenderse que también protege a dichos matrimonios, lo cual respeta el principio por persona, establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, explicó el IMSS mediante un comunicado.

Esto se da después que a finales del mes de enero la SCJN determinó que la Ley del Seguro Social dejaba a un lado los derechos de las parejas del mismo sexo, lo que significa una transgresión al derecho de la igualdad.

El 29 de enero del presente año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a una persona que solicitó al IMSS la afiliación de su pareja, sin embargo, dicho trámite fue negado por ser del mismo sexo que el asegurado.

En el argumento dado por la Corte sobre el caso presentado en la Jefatura de Afiliación y Cobranza del IMSS en Puebla es que existió una vulneración en los derechos humanos como lo es la igualdad y la no discriminación.

En un segundo suceso durante marzo de 2012, los ministros integrantes de la Segunda Sala de la SCJN revocaron la sentencia del Juez Tercero en Materia de Trabajo del DF, en la que desechaba una demanda de amparo que impidió la afiliación como beneficiaria del IMSS por estar casada con alguien de su mismo sexo.

Reconoce Conapred resolución del IMSS

Luego del anuncio del IMSS en el que afiliará a matrimonios que se encuentren conformados por personas del mismo sexo, el Consejo para Prevenir la Discriminación (Conapred) externó que dicha decisión “significa un avance para lograr una sociedad de derechos”.

Además informó que el organismo tiene el conocimiento de 44 casos en los que se ha presentado la negativa por parte de instituciones de salud para inscribir a matrimonios igualitarios, del total 7 son relacionados por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y 37 con el IMSS.