Acuerdan en INE veda electoral, del 4 al 7 de junio

**Recuerda el INE las prohibiciones antes del sufragio.


Acuerdan en INE veda electoral, del 4 al 7 de junio

La Crónica de Chihuahua
Mayo de 2015, 10:18 am

México.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el acuerdo de veda que se llevará al cabo del 4 al 7 de junio, en el cual se ordena la difusión pública de las condiciones y restricciones electorales vigentes que deberán cumplir los partidos, sus candidatos y los aspirantes independientes.

“La Silla Rota” informa que durante una sesión extraordinaria se estableció que en el período de reflexión, que comprenderá los tres días previos a la jornada electoral y el propio 7 de junio, queda prohibida la celebración de reuniones o actos públicos de campaña y de propaganda o de proselitismos electorales.

También queda prohibida su difusión por cualquier medio de comunicación, incluyendo radio y televisión, se precisa en el dictamen aprobado por unanimidad.

Durante ese lapso tanto los partidos como sus abanderados, como los candidatos independientes no podrán difundir propaganda.

Los contendientes deberán observar en todo momento las disposiciones constitucionales y legales aplicables, incluyendo la prohibición de contratar o adquirir tiempos de transmisión en cualquier modalidad de radio y televisión.

Están obligados, además, a retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de 50 metros de los lugares donde se instalarán las casillas electorales.

Asimismo permanece vigente la suspensión total de la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público.

Durante el mismo periodo continuará vigente la prohibición para la realización y difusión de los informes anuales de labores o gestión de los servidores públicos de cualquier nivel de gobierno en el país.

Tampoco podrán ser difundidos por cualquier medio de comunicación, ya sea impreso, electrónico, radio o televisión inclusive, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.

Los resultados de encuestas o sondeos de opinión podrán hacerse públicos a partir de la hora del cierre oficial de las casillas.