iFone exigirá pago a Movistar, Iusacell y Telcel

** El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial determinó que Movistar, Iusacell y Telcel infringieron la Ley de Propiedad Industrial con la comercialización de servicios de telecomunicaciones con el término “iPhone”


iFone exigirá pago a Movistar, Iusacell y Telcel

La Crónica de Chihuahua
Junio de 2014, 16:30 pm

Ciudad de Mexico.- La empresa iFone exigirá un pago por daños y perjuicios a Movistar, Iusacell y Telcel, tras la determinación de las autoridades de propiedad intelectual que encontraron que las telefónicas violaron su derecho de uso de marca. La firma contempla un resarcimiento de hasta 1,500 millones de dólares.

El jueves, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) determinó que Movistar, Iusacell y Telcel infringieron la Ley de Propiedad Industrial con la comercialización de servicios de telecomunicaciones con el término “iPhone”, un nombre con similitudes fonéticas con la marca iFone, registrada como un servicio de telecomunicaciones por la empresa iFone S.A. de C.V. en el 2003.

“Se tendría que presentar una demanda (...) que la propia Ley establece de 40% del precio de venta al público de los servicios que se hubieren prestado en violación de la ley”, explicó en entrevista el representante legal de iFone, Eduardo Gallástegui Armella.

La compañía mexicana tiene los derechos para utilizar la marca iFone al ofrecer servicios de telecomunicaciones, con el número de expediente 598942 y la clase 38 del IMPI. Apple, por su parte, puede utilizar la marca iPhone para sus teléfonos inteligentes y otros dispositivos de cómputo con el expediente 809283 y la clase 9 del IMPI.

La resolución del jueves del IMPI determina que las compañías de telefonía deberán dejar de comercializar servicios y planes de voz y datos utilizando la marca en litigio y están obligadas a pagar a las autoridades una sanción de un millón 345,000 pesos —el equivalente a 20,000 días de salario mínimo.

La resolución está fundamentada en el artículo 213 de la Ley de Propiedad Industrial, explicó Alfredo Rendón Algara, director general adjunto de Propiedad Industrial del IMPI. La Ley, en el apartado IV, señala como infracción y objeto de sanción: “Usar una marca parecida en grado de confusión a otra registrada, para amparar los mismos o similares productos o servicios que los protegidos por la registrada”.
Agencias