Expide Congreso Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública

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Expide Congreso Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública

La Crónica de Chihuahua
Septiembre de 2013, 18:43 pm

Chihuahua Chih.-Esta tarde, el Congreso del Estado, dentro de los trabajos del Décimo Cuarto Periodo Extraordinario de Sesiones expidió la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, que tiene por objeto regular la coordinación entre el Estado y los municipios, y de ambos con la Federación, mediante la integración, organización y funcionamiento del Sistema Estatal de Seguridad Pública.

Además, dicha norma establece el marco jurídico aplicable al Servicio Profesional de Carrera en las Instituciones de Seguridad Pública, conforme a la distribución de competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Para la expedición de la norma anterior, fueron abrogadas la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública contenida en el Decreto No. 582-09 IV P.E., publicada en el Periódico Oficial del Estado No. 26 del 01 de abril de 2009 y la Ley del Servicio Profesional de Carrera Policial del Estado de Chihuahua, contenida en el Decreto No. 584-09 IV P.E., publicada en el Periódico Oficial del Estado No. 26 del 01 de abril de 2009.

De esta manera, la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, observará y regulará necesariamente, conforme a las bases establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública lo siguiente:

I. La coordinación del Estado y los municipios entre sí y de ambos con la Federación, mediante las instancias, instrumentos, programas, mecanismos, políticas públicas, servicios y acciones tendientes a cumplir los objetivos y fines de la seguridad pública, en los términos de esta Ley;

II. El Servicio Profesional de Carrera Ministerial y Pericial, así como el Servicio Profesional de Carrera Policial;

III. La sistematización de los instrumentos de información sobre seguridad pública, que comprende bases de datos criminalísticos, así como del personal de las Instituciones de Seguridad Pública, a través de un Sistema de Información Estatal que permita el acceso a la información en materia de seguridad pública;

IV. Lo relativo al ejercicio, control, vigilancia, información, evaluación y fiscalización de los fondos de aportaciones federales para la seguridad pública;

V. La coordinación y colaboración con la Federación para la seguridad y resguardo de las instalaciones estratégicas y de aquellas instituciones destinadas a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano; y

VI. Las demás necesarias para el cumplimiento de los objetivos y fines del Sistema Estatal y la eficaz coordinación con el Sistema Nacional.