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5 de julio de 2018, 20:33, por Carlo
Sin importar si llevan años explotando el servicio público sin la autorización, la ley vigente hace visible aplicarla siempre, el artículo 74 de ley de caminos y puentes advierte que se necesita concesión de la SCT para explotar el servicio público federal de Carga, Pasaje o Turism y al no tenerlo es del todo procedente el encierro de los vehículos que dentro de jurisdicción federal como aeropuertos realicen ascenso de pasajeros!
La Crónica de Chihuahua es un diario independiente, enfocado a describir las singularidades y la cotidianidad de la comunidad chihuahuense.