Revés a Victoria Caraveo: niega juez amparo contra "Juárez Iluminado"

** La negativa se dio porque "a consideración del Juez, es factible continuar con el procedimiento de licitación, ya que el juicio de amparo indirecto al que nos referimos no suspende la licitación."


Revés a Victoria Caraveo: niega juez amparo contra

La Crónica de Chihuahua
Agosto de 2017, 19:41 pm

Ciudad Juárez, Chih.- El Juzgado Cuarto de Distrito negó la solicitud de amparo presentada por Victoria Caraveo Vallina para la suspensión del proyecto Juárez Iluminado.

Caraveo Vallina juntó 106 firmas incluyendo la suya, para acudir prácticamente con los mismos argumentos que utilizó la Asociación Civil Ciudadanos Vigilantes ante el Juzgado Sexto, para solicitar el recurso legal contra el Municipio.

En el primer caso, esa suspensión, del proceso de licitación, fue otorgada por el secretario del Juez, ya que estaba de vacaciones y no se consultó a al Tribunal Colegiado.

Al tratarse de la misma argumentación por parte de ambos quejosos, de que hay un daño irreparable cuando ni siquiera se inició el proceso de licitación, en el caso de los Ciudadanos Vigilantes se concedió la suspensión, mientras que en el Distrito Cuarto, el juez consideró que dicha petición era inviable.

El documento oficial que niega la admisión del juicio de amparo promovido por Caraveo Vallina, dice a la letra lo siguiente:

"Agosto/2/2017.- El Juez Cuarto de Distrito en el Estado, al resolver respecto de la admisión del juicio de amparo indirecto e incidente de suspensión solicitado que se lleva bajo el número de expediente 636/2017-III, de su índice, promovido por María Victoria Caraveo Vallina y otros coagraviados, contra actos que reclamó al municipio consistentes en los acuerdos de Cabildo que autorizaron licitar el servicio de alumbrado.

El día de hoy, resolvió no conceder la suspensión provisional contra los actos reclamados al Municipio de Juárez consistentes en los acuerdos de Cabildo que autorizaron a la Presidencia Municipal para realizar el procedimiento de licitación y concesionar el servicio de alumbrado, lo anterior es porque el Juez Federal considera que los actos reclamados revisten el carácter de consumados además de que estos constituyen el estudio de la materia de fondo en el amparo y de concederla, se le estaría dando efectos restitutorios, lo cual es únicamente propio de la sentencia que en el juicio principal se dicte el juicio de amparo.

Por lo que en tales condiciones a consideración del Juez es factible continuar con el procedimiento de licitación, ya que el juicio de amparo indirecto al que nos referimos no suspende la licitación."