En 2017, en Chihuahua van 44 feminicidios registrados

**Es feminicidio cuando los asesinatos de mujeres se han dado por razones de género y en el marco de la violencia sistemática en contra de este sector de la población.


En 2017, en Chihuahua van 44 feminicidios registrados

La Crónica de Chihuahua
Octubre de 2017, 12:00 pm

Alejandra Rey/ Entrelineas.com.mx

Chihuahua, Chih.- De las 160 mujeres que han sido asesinadas en el 2017, la Fiscalía General del Estado solamente ha reconocido a 44 como víctimas de feminicidio, es decir que sus asesinatos se han dado por razones de género y en el marco de la violencia sistemática en contra de este sector de la población.

Pese a que Chihuahua ha recibido sentencias y llamados de organismos internacionales por la violencia machista que ha dejado más de dos mil asesinatos de mujeres y desparecidas, a la fecha las fiscalías especializadas en delitos de género no cuentan con el personal suficiente para atender las carpetas de investigación que se abren, no solo de feminicidio sino de otros tipos de delitos en contra de las mujeres.

En días pasados, activistas estadounidenses señalaron que la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Mujer no cuenta con recursos técnicos y humanos, demostrando con esto una falta de interés de los gobernantes para conseguir justicia en estos casos, añadiendo que pese a más de 7 mil expedientes por violencia sexual solamente cuentan con 13 investigadores y de los 18 mil por violencia doméstica solamente se han asignado once detectives.

En cuanto a los feminicidios es fundamental conocer que estos mantienen detrás una violencia sistemática en contra de las víctimas que ha sido solapada por autoridades y sociedad. En días pasados se aprobó la tipificación de este delito en Chihuahua, debido a que era el único estado que no contaba con dicho tipo penal y este visibiliza que los asesinatos de mujeres por razones de género se dan por un sistema que solapa la degradación de las mujeres.

En la nueva tipificación se establece que a quien cometa un feminicidio se le impondrá una pena máxima de 60 años que podrá aumentar dependiendo de agravantes establecidos ya en el Código Penal

Con esto se agregará el artículo 126 Bis al Código Penal donde se establecerá que:

Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

Existen razones de género cuando se acredite cualquiera de los siguientes supuestos:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.

II. A la víctima se le hayan infringido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida.

III. Existan antecedentes o datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

IIII. Exista o haya existido entre el activo y la victima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo, cualquier otra relación de hecho o amistad.

V. Exista o haya existido entre el activo y la victima una relación laboral, docente, o cualquier otro que implique confianza, subordinación o superioridad.

VI. La víctima haya sido privada de su libertad o incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado, arrojado o exhibido en un lugar público.