Dan a conocer la Carta de Derechos y Deberes del Seguro Popular

**Además de especificar los derechos y las obligaciones, también contiene los 285 padecimientos que cubre el Seguro Popular por medio del Catálogo Universal de Salud


Dan a conocer la Carta de Derechos y Deberes del Seguro Popular

La Crónica de Chihuahua
Diciembre de 2015, 21:41 pm

Carta de Derechos y Obligaciones del Seguro Popular

Chihuahua, Chih.- La carta de derechos y obligaciones, es un instrumento esencial para la atención de cada uno de los beneficiarios del Seguro Popular, ésta se entrega al momento de la afiliación y es de suma importancia sea conservada en todo momento.

Además de especificar los derechos y las obligaciones, también contiene los 285 padecimientos que cubre el Seguro Popular por medio del Catálogo Universal de Salud (CAUSES), las especificaciones de los programas Fondo Contra Gastos Catastróficos y Seguro Médico Siglo XXI.

Alguno de los derechos que todo afiliado debe exigir:

1. Recibir servicios integrales de salud especificados en el Catálogo de Servicios Esenciales de Salud.
2. Recibir atención médica con trato digno, respetuoso y de manera igualitaria.
3. Recibir atención médica en el centro de salud, donde el personal médico podrá canalizar al paciente para su atención especializada, en caso necesario.
4. Ser atendidos en caso de urgencia en cualquiera de los hospitales del Sistema.
5. Recibir de acuerdo al diagnóstico, los medicamentos, estudios de laboratorio y de gabinete que correspondan al Catálogo de Servicios Esenciales de Salud.
6. Contar con la orientación sobre:
• Las acciones médicas que incluye el Catálogo de Servicios Esenciales de Salud.
• Los procedimientos para recibir atención médica de los servicios incluidos en el Catálogo de Servicios Esenciales de Salud.
• Ubicación, funcionamiento y horarios de las unidades médicas.
7. Decidir libremente sobre su atención médica.
8. Contar en el Sistema con un expediente clínico
9. Presentar por escrito sus quejas o sugerencias ante el Módulo de Afiliación y Orientación, mismas que deberán ser atendidas en un plazo no mayor a 30 días.
10. Recibir la Cartilla Nacional de Salud que les corresponda, de acuerdo a su edad y sexo.